REGIMEN ACADEMICO

  ESCUELA DE ARTES VISUALES

“ANTONIO BERNI

DE GENERAL SAN MARTÍN

TUCUMÁN (CALLE 93) Nº 2350 (130)

SAN MARTÍN

011-4724-0302

Extensión: Fleming 1621- Martínez

 

 

REGIMEN ACADÉMICO INSTITUCIONAL

DE LA ESCUELA DE ARTES VISUALES

“ANTONIO BERNI”

 

(Se esta elaborando a partir de diciembre de 2016, el nuevo REGIMEN ACADEMICO)

 

 

 

FUNDAMENTÁCIÒN

De acuerdo a lo dispuesto por el Director General de Cultura y Educación y por el Director de Educación Artística, la Escuela de Artes Visuales “Antonio Berni”, elabora el presente Régimen Académico Institucional, para cuya aprobación será elevado a la Dirección de Educación Artística de la provincia de Buenos Aires.

 

El mismo, y según lo establecido en la Resolución 4043/09 y la Disposición 107/10 (esta última en su artículo 4º), será de aplicación a todos los Planes de Estudio vigentes.  

 

El Régimen Académico constituye el marco referencial que regula el sistema de formación docente y técnico de una Institución.

Es un dispositivo institucional que acompaña y orienta a los estudiantes en el ingreso, trayectoria formativa, permanencia y promoción. Configura la trama vinculante  entre lo cultural,  lo político, lo artístico, lo educativo y lo institucional con los saberes técnico – profesionales en tanto contenidos anticipatorios del futuro desempeño profesional.  Involucra a la institución como sistema formador, a la comunidad de docente y  estudiantes (jóvenes y adultos).

 

El presente Régimen Académico,  constituye en sentido general, el horizonte formativo, entendido como tensión  entre el sujeto real y el sujeto deseado o/y ideal. Los y las estudiantes transitan su  formación  como un proceso de construcción en diferentes campos educativos: general, específico;  interrelacionados y atravesados por la práctica profesional.

 

Los campos de la formación están  condicionados histórica y socioculturalmente y están  atravesados por tensiones, incertidumbres, realidades complejas, cambiantes, marcados por relaciones intersubjetivas y por el encuadre institucional.

 

Tiene como propósito la formación de una identidad profesional, entendida como múltiples identificaciones a los que los sujetos adscriben (cf Remendi, 2004).

 

La   construcción de una identidad profesional parte del reconocimiento de diversos repertorios culturales  que expresan o producen en sí una multiplicidad de diferencias. Los sujetos construyen visiones, desde diferentes culturas e interactúan en el campo de la formación, construyendo un sentido singular, desde donde reconocen, pero con los mismos derechos, dado que todos están incluidos en las políticas publicas.

Siendo la educación un hecho político y el docente de arte un sujeto político, atravesado por posicionamientos ideológicos.

 

La convivencia democrática   depende de la aceptación y reconocimiento de la diferencia cultural y social en la cual todos tienen derecho a participar en su construcción y formar parte de ella, en la negociación pacífica de los conflictos y en el respeto por la diferencia, dentro del marco de promoción de la igualdad. 

 

Existen en la actualidad muchas maneras de ser joven y diversos significados sobre la condición juvenil. La misma, se refiere a relaciones sociales históricamente situadas y representadas  que conforman un conjunto de significados de identidad y diferencia, inscriptos en redes y estructuras de poder.

 

En sentido específico, la formación de profesionales en arte y diseño, está relacionada con procesos en las cuales,  las sociedades construyen intersubjetividades marcadas por una historia común que condicionan las miradas colectivas frente al fenómeno artístico. 

 

El horizonte formativo, incluye como tendencia, la inserción laboral, de los estudiantes. Los   que se desempeñarán como futuros docentes, y /o como técnicos y diseñadores y teniendo en cuenta que la profesionalidad tanto del docente como del técnico,  es una práctica de mediación cultural, reflexiva y crítica.

 

Los jóvenes y adultos transitan su formación profesional, teniendo oportunidades para interpretar los procesos sociales, históricos y políticos en los que está inmersa su profesión.  

 

Para todas las carreras, consideramos que es importante promover acciones que interpelen,  a través de la reflexión, los discursos e imaginarios sobre las prácticas de  evaluación naturalizadas, que se materializan en la  selección de criterios para valorar el  rendimiento y desempeño de los estudiantes relacionados con prácticas de evaluaciones y el  sistema de promoción.  

 

El Régimen Académico de nuestra institución se enmarca en los postulados constitucionales de democracia, participación y educación como beneficio público y se inspira en  las premisas de universalidad de los conocimientos  artísticos y científicos, actualización permanente y equidad e igualdad de oportunidades. Todo esto orientado hacia la generación de docentes y técnicos  que respeten  la libertad, la diversidad de pensamientos y  los valores nacionales.

 

Nuestras premisas se sostienen en dos pilares fundamentales: en primer lugar, en la teoría constructivista, que piensa  al individuo –tanto en los aspectos cognitivos y sociales del comportamiento como en los afectivos- no como un mero producto del ambiente, ni un simple resultado de sus disposiciones internas, sino como un constructor de sus propios conocimientos.  

Esta construcción  se realiza día a día y en casi todos los contextos en los que los sujetos de  desarrollan.  Para este paradigma, las personas aprenden  cuando  pueden controlar su aprendizaje y están al corriente del control que poseen.                                                                                                                                                

 Entonces el ambiente de aprendizaje constructivista se  va a caracterizar  por proporcionar: entornos de aprendizaje en lugar de una secuencia predeterminada de instrucciones; fomentar la reflexión en la experiencia y apoyar la  construcción colaborativa del aprendizaje, a través de la negociación social (Jonassen, 1994).

 

 Nuestro segundo pilar esta centrado en los criterios de Elliot Eisner que,  en su libro Educar la visión artística,  sostiene que  el aprendizaje artístico aborda el desarrollo de las capacidades como la percepción estética y la  comprensión  del arte como fenómeno cultural. Para este reconocido autor, el arte une al creador con su obra, con él mismo y con todo aquel que accede a la misma, de allí que la plástica podría comprenderse como un modo de comunicación que sigue unos patrones  particulares. Pero en la obra de arte también está la historia, lo religioso, lo económico, lo político, el momento cultural y  lo institucional. Se podría decir que el arte es un testigo que da cuenta de las distintas épocas de la vida del hombre. Así enseñar arte es transmitir cultura.

     

Partiendo de estos presupuestos entendemos  que es importante que la institución escolar  favorezca la diversidad de  alternativas que permitan a los alumnos variados entornos de aprendizaje, que propicien el contacto con  las distintas instituciones de nuestra sociedad y favorezcan la  libertad en la toma de decisiones respecto de la propia  formación artística y docente.

      

 En virtud de esto la comunidad educativa puede acceder a una formación académica que  permita el desarrollo del futuro egresado,  considerando la pluralidad de pensamiento, la igualdad en la diferencia, la búsqueda del saber y los conocimientos reconstruidos críticamente.

 

Estos lineamientos se apoyan en la  Ley de Educación Nacional N° 26.206  que establece que la educación es una prioridad y “constituye una política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía y la identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática y republicana, respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales”, y en la Ley de Educación Provincial Nº 13.688, que sostiene que”: la Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social en el ejercicio de este derecho, con la participación del conjunto de la comunidad educativa”.

 

 

En síntesis,  la escuela de Artes Visuales Antonio Berni en aras de su quehacer  artístico, técnico, docente e investigativo, se propone:

a. Propiciar en sus estudiantes el desarrollo de una actitud  creativa, crítica  y sin prejuicios,  que facilite el acceso al conocimiento en forma libre y consciente.

b. Entregar al estudiante todas las fuentes posibles de conocimiento y de información respecto del arte y de la enseñanza del mismo por una parte y del diseño y su técnica por otro.

c. Proporcionar al futuro egresado, los elementos básicos para interactuar positivamente con la sociedad comprendiendo sus valores culturales y asumiendo ante ella  las responsabilidades consecuentes.

 

 

 

CAPITULO 1

INGRESO

Será condición para la inscripción al primer año de las carreras del nivel superior, haber cursado estudios secundarios completos (se fija hasta el 31 de mayo del año de la inscripción, como fecha límite para la presentación de la documentación respaldatoria), y acreditar Formación Básica completa.

Podrá accederse a dicha Formación Básica de manera paralela a los estudios del último año de nivel secundario. R. 270/03  a partir 5° año completo E.S.

Dicha Formación Básica tendrá la modalidad presencial, pudiendo tomarse Pruebas de nivel – res. 6197/03

El estudiante podrá rendir libre asignaturas de esta Formación Básica, previa presentación de esta petición por escrito al comienzo del ciclo lectivo, durante la inscripción, según disp. 107/10.

Para aprobar la Formación Básica, el alumno cursará las siguientes unidades curriculares

–                     Pintura  (3 módulos)

–                     Escultura (3 módulos)

–                     Grabado  (3 módulos)

–                     Dibujo (3 módulos)

–                     Introducción al análisis (2 módulos)

–                     Gráfica (3 módulos)

–                     Lenguaje visual (5 módulos)

–                     Historia del Arte (2 módulos)

 Todas las materias de FO.BA. se pueden aprobar de manera promocional.

 

 CAPÍTULO 2

TRAYECTORIA FORMATIVA.

Las condiciones para que se reconozcan experiencias formativas –de formación, extensión e investigación- de los estudiantes, implican nuevos procesos de circulación, evaluación y validación de innovaciones que vinculen de forma concreta las experiencias de formación con el futuro desarrollo profesional.

Se contempla la posibilidad de acreditar parcialmente distintos espacios, a partir del reconocimiento de acciones llevadas a cabo por los estudiantes, con el asesoramiento del docente de la asignatura o espacio formativo y la autorización del equipo directivo, previa presentación de un proyecto por parte del estudiante, especificando las acciones que se realizarán.

En este sentido, y respetando la propuesta de la Dirección de Artística de la Provincia de Buenos Aires, se tendrá en cuenta esta modalidad de acreditación para proyectos que tengan las características de:

  1. Talleres de producción artística
  2. Participación en proyectos de extensión: realización de muestras, armado de grupos de trabajo para realizar obras tales como murales, monumentos, etc.
  3. Articulación con otras instituciones de arte para asistir a exposiciones, espectáculos, o para colaborar en el asesoramiento para la realización de las mismas.
  4. Experiencias educativas con la comunidad.
  5. Asistencia a seminarios, encuentros, charlas, y/o congresos, cuya temática se relacione con la asignatura, entre otras alternativas.
  6. Entre otras posibilidades, tal vez más específicas de la formación técnica.

Las trayectorias formativas, contribuyen a una mayor autonomía estudiantil, deberán basarse en proyectos que tengan en cuenta, experiencias en tres ejes:

–                     Dimensión curricular

–                     Política estudiantil

–                     Dimensión organizacional.

 

De igual modo, dichas trayectorias formativas deben aportar a dos construcciones:

En el caso de la formación docente:

–                     El posicionamiento docente  en la comunidad, en el campo de la disciplina específica y en el sistema educativo.

–                     La recuperación del sentido de la docencia en nuestras sociedades en crisis y en contextos de transformaciones culturales continuas.

En el caso de la formación técnica:

–                     La redefinición del sentido de la formación técnica articulada con los contextos socio-culturales y productivos a nivel regional y local.

 

CAPÍTULO III

PERMANENCIA Y PROMOCIÓN

 

La permanencia de los estudiantes refiere a las condiciones académicas requeridas, para la prosecución de los estudios en el nivel.

Es condición para la permanencia como  estudiante regular:

–                     Acreditar al menos 1 (una) Unidad Curricular por año calendario.

–                     Renovar su inscripción como estudiante anualmente.

–                     Cumplir con el porcentaje de asistencia requerido en las cursadas según régimen adoptado.

 

La promoción refiere a las condiciones de acreditación y evaluación de las unidades curriculares; el régimen de calificación, el de equivalencias y correlatividades.

–                                             La promoción se realizará por cada unidad curricular (materia, espacio de definición institucional, práctica docente y profesional, talleres, seminarios, ateneos, entre otras).

Ver Anexo I del presente proyecto con listado de las unidades curriculares según las distintas carreras, y la correspondiente propuesta de modalidad de cursada.

–                                             El trayecto de evaluación comprenderá instancias de seguimiento a lo largo de la cursada y una instancia final de cierre.

–                                             Se utilizará el sistema de calificación decimal de 1 (uno) a 10 (diez) puntos.

–                                             Para acreditar cada unidad curricular, el estudiante deberá obtener una calificación de 4 (cuatro) o más puntos, salvo lo previsto para la acreditación sin exámen final, en cuyo caso el estudiante, deberá obtener una calificación no menor a 7 (siete) puntos.

–                                             Los profesores deberán entregar a los estudiantes, al iniciar el curso, el proyecto de la unidad curricular, que de cuenta de los trabajos prácticos y evaluaciones previstas, con los correspondientes criterios de aprobación. Asimismo, deberán realizar devolución personal, de los resultados obtenidos en las evaluaciones, especificando logros, dificultades y errores, en los plazos correspondientes de cierre de cada uno de los cuatrimestres.

–                                             Los estudiantes realizarán la inscripción para las instancias de acreditación, por unidad curricular, sin más límites que las respectivas correlatividades.

 

De la Modalidad de Cursada:

  1. 1.                                                              Régimen de cursada presencial:

–                                                                                             Asistencia al 80% de clases de unidades curriculares y práctica de campo docente y profesional.

–                                                                                             Aprobación de instancias de evaluación previstas con nota  mínima de 4 (cuatro) puntos para acceder a la instancia de acreditación con examen final o de 7 (siete) puntos para la promoción sin examen final.

–                                                                                             Por razones de salud, y con el acuerdo del C.A.I., el porcentaje de asistencia podrá ser reducido en un 10%.  Además, en estos casos el estudiante deberá cumplimentar las actividades que indique el docente para regularizar su situación académica.

 

  1. Régimen de cursada semi presencial: Ver en cartelera de la institucion listado de las unidades curriculares según las distintas carreras, y la correspondiente propuesta de modalidad de cursada semipresencial.

En el sistema semi presencial, dentro de la unidad curricular se realizarán clases presenciales , tutorías y presentación de trabajos. En la institución, las unidades curriculares son propuestas como presencial y / o semipresencial al mismo tiempo, para posibilitar al estudiante la elección de la modalidad. El docente especificará en sus proyectos cargas horarias presenciales, las tutorías, la cantidad de trabajos a realizar, los plazos de entrega, recuperatorios, trabajos finales y toda otra instancia pertinente, para la aprobación de la Unidad Curricular.

 

  1. Régimen de estudiante libre:

1)                 Al inicio de cada ciclo lectivo, el estudiante podrá inscribirse como libre en las unidades curriculares que tuvieran esa modalidad de cursada, establecidas en el presente Régimen académico. Ver Anexo I del presente proyecto con listado de las unidades curriculares según las distintas carreras, y la correspondiente propuesta de modalidad de cursada.

2)                 En los casos que los estudiantes hayan cursado una o unas unidad o unidades con modalidad presencial o semipresencial y deban volver a cursarla en el ciclo lectivo siguiente, podrán optar por este régimen, independientemente de lo establecido anteriormente.

3)                 Quedan exceptuados de este régimen libre (y de lo dicho en el punto 2.): los Talleres, Espacios de Definición Institucional y los Campos de la Práctica Docente y la Práctica Profesional.

4)                 En caso de haberse cerrado la carrera o cambiado el plan de estudios, la evaluación final se ajustará al programa desarrollado en el último año, en que se dictó la unidad curricular.

 

LA ACREDITACIÓN PODRÁ RESOLVERSE

 

Según lo dispuesto por la Dirección de Educación Artística, en la institución y para el caso de los talleres,  los exámenes podrán revestir carácter de muestras, exposiciones, realización de obras en espacios públicos, conciertos, funciones de teatro, entre otras.

 

1)                 Régimen de estudiantes de cursada presencial

  1. a.                 Con examen final.

Los exámenes podrán revestir carácter de muestras y exposiciones entre otros.

  1. b.                 Sin examen final.

a)                 De la acreditación con examen final:

Son condiciones generales para obtener la acreditación, con examen final:

  • Aprobación de la cursada
  • Aprobación de las unidades curriculares, determinadas como correlativas en los planes de estudio.
  • Aprobación de un examen final ante una comisión evaluadora presidida por el profesor de la unidad curricular, e integrada como mínimo por un miembro más. Esta evaluación final será calificada por escala numérica de 1 a 10. La nota de aprobación será de 4 (cuatro) o más sin centésimos.
  • Se organizarán tres turnos de acreditación final al año, en noviembre-diciembre, con dos llamados, en febrero-marzo, con dos llamados y en julio-agosto, con un llamado. El alumno deberá inscribirse y sólo podrá presentarse a un llamado por turno.
  • Se abrirá un turno intermedio de acreditación en abril-mayo, dando la posibilidad de rendir a quienes adeuden una sola materia para acreditar FO.BA. y así posibilitar su inscripción en el primer año de alguna de las carreras. 

b)                 De la acreditación sin examen final:

  • Para la acreditación sin examen final o promocional, los docentes de las  unidades curriculares establecerán a partir de sus proyectos, los criterios, formas y dispositivos a utilizar en estos casos. Las propuestas de los docentes se considerarán en el CAI, el cual avalará su implementación.
  • En el caso de las unidades curriculares seleccionadas para la acreditación sin examen final, los estudiantes deberán obtener un promedio final de calificaciones de 7 (siete) o mas puntos. Los estudiantes que no alcanzaren la calificación estipulada precedentemente y obtuvieran 4 (cuatro) puntos como mínimo pasarán automáticamente al sistema de cursada CON EXAMEN FINAL.

2)                 Régimen de estudiantes libres:

Al inicio de cada ciclo lectivo, el estudiante podrá inscribirse como libre hasta en un 30% de las unidades cuniculares con formato materia establecidas por año calendario y de acuerdo al régimen fijado en la institución. (ver Anexo I).

  • Los estudiantes podrán presentarse en las instancias de acreditación final previstas,  según el régimen fijado en el   Anexo I del presente proyecto, correspondientes al período en que se registraron como estudiantes libres.
  • Para rendir examen deberán inscribirse como estudiantes libres, en los turnos y llamados dispuestos por la institución.
  • Los estudiantes libres deberán rendir con la propuesta pedagógica vigente al momento de su inscripción como estudiante libre, esto es a comienzos del ciclo lectivo correspondiente. 
  • La evaluación final tendrá una instancia ESCRITA y una instancia ORAL. Se deberá aprobar la instancia ESCRITA, para pasar a la ORAL. La calificación resultará del promedio de ambas.  Para la acreditación final se deberá obtener  4 (cuatro) o más puntos.
  •    En educación artística, en los casos que los estudiantes hayan cursado una/s unidad/es con modalidad presencial o semipresencial y deban volver a cursarla en el ciclo lectivo siguiente podrá optar por este régimen independientemente del porcentaje establecido.

 

Quedan exceptuados de este régimen los talleres, seminarios, ateneos, espacios de definición institucional y campos de la Práctica Docente y de la Práctica Profesional.

 

En el caso de haberse cerrado la carrera o cambiado el plan de estudios, la evaluación final se ajustará al programa desarrollado en el último año en que se dictó la unidad curricular.

 

 

De la validez de la cursada de cada unidad curricular

 

La aprobación de la cursada tendrá una validez de cinco años. Pasados dos años de la aprobación de la cursada, la evaluación final se ajustará a la propuesta de cátedra vigente al momento de la presentación del estudiante a la la instancias de acreditación.

 

De las equivalencias

 

Se podrán acreditar  Unidades curriculares, mediante el régimen de equivalencias. Las equivalencias podrán comprender la Unidad Curricular completa o una parte  de la misma (equivalencia parcial). En este caso, de ser necesario, se implementará un trayecto de actualización de saberes.

Se trata de saberes acreditados en la misma institución (en planes anteriores al vigente o de otras carreras) o en otras instituciones del mismo nivel.

En los casos en que las unidades curriculares no estén alcanzadas por normativas vigentes de equivalencia automática, total o parcial, el estudiante, podrá igualmente solicitar la acreditación por equivalencia.

Para la solicitud de reconocimiento de equivalencia, no podrá exceder los seis últimos años desde la fecha de acreditación final.

 

1. De las condiciones para solicitar equivalencia;

Para solicitar acreditación por equivalencia, el estudiante deberá:

  • Solicitar mediante nota firmada, y completando el formulario correspondiente, en la Secretaría del Instituto, y por su intermedio a Vicedirección, antes del 31 de mayo de cada año, el reconocimiento de las equivalencias de Unidades Curriculares aprobadas en la misma institución o en otra institución educativa de estudios superiores reconocida oficialmente.
  • Acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados y el/los programa/s que corresponda/n. La documentación deberá estar debidamente certificada.
  • Cursar la Unidad Curricular cuya aprobación solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente, que se le otorgó lo solicitado.

 

2. De las funciones de los equipos docentes y directivo en el caso de equivalencias;

El equipo docente de la materia sobre la que se solicita equivalencia deberá:

  • Analizar las expectativas de logro u objetivos, contenidos, carga horaria y bibliografía, del Espacio Curricular a acreditar por equivalencia.
  • Emitir criterio, debidamente fundamentado, respecto del otorgamiento de la acreditación total o parcial o bien, del rechazo de la solicitud.
  • Si la acreditación es parcial, consignar los contenidos necesarios que permitan elaborar e implementar un trayecto de actualización.
  • Remitir a la Secretaría del Instituto, y por su intermedio a Vicedirección, toda la documentación de lo actuado.

 

El Director refrendará lo actuado o bien solicitará una revisión o adecuación. La Disposición de equivalencia deberá ser dictada antes de la finalización del mes de Junio del mismo año. La Secretaría notificará fehacientemente al solicitante el resultado de las actuaciones.

 

Si la equivalencia es total, se registrará en el Libro de Equivalencias del Establecimiento con el formato de disposición o acta y en el certificado de estudios: APROBADA POR EQUIVALENCIA en “Observaciones”, en los espacios correspondientes a fecha y calificación, se registrará la fecha y la nota de aprobación en la institución de origen.

 

Si la equivalencia es parcial, el equipo docente determinará fecha de trabajos indicados o plazos para el cumplimiento de otras acciones complementarias. Se acordará una entrevista consignando día y hora. Todo esto no  deberá exceder la finalización del ciclo lectivo.

 

Deberá labrarse el acta respectiva de todo lo actuado en esta equivalencia parcial, notificándose al alumno.

 

En el libro de Equivalencias del establecimiento, se registrará la aprobación de la misma consignando APROBADO POR EQUIVALENCIA y la calificación numérica según correspondiere a la decisión  tomada por el Equipo docente.

 

En el caso de reprobar las acciones complementarias o de no presentarse, se hará constar esta situación en el Libro de Equivalencias. En este caso, se fijará una segunda fecha en un plazo no mayor de 30 días. Si nuevamente el alumno resultare desaprobado o estuviere ausente, la Dirección del Instituto denegará la equivalencia mediante Disposición en el Libro de Equivalencias.

 

Del Promedio General

Se obtendrá de la suma de todas las calificaciones de las Unidades Curriculares de la carrera, dividido por el número total de las mismas. No se tomarán los resultados de los promedios parciales de cada año, ni los aplazos.

 

Del Plan Institucional de Evaluación de los Aprendizajes

Este Plan integrará el proyecto Educativo Institucional, al que se ajustarán laspropuestas de las Unidades Curriculares. Sitien no existe un a única manera de desarrollar este plan, el mismo deberá incluir, al menos los siguientes aspectos:

  1. La determinación de la periodicidad de las evaluaciones de proceso y las instancias de recuperación. Al respecto se establece que habrá dos instancias de aprobación cuatrimestrales por Unidad Curricular. En caso de desaprobar uno de los cuatrimestres, el estudiante podrá recuperarlo a fin de año, durante el mes de noviembre de cada año, antes del primer llamado a exámenes de noviembre-diciembre. Si el estudiante desaprobara los dos cuatrimestres, deberá recursar la Unidad Curricular.
  2. Los estudiantes que adeuden el exámen final de una sola materia de la Fo.Ba., y a fin de posibilitar su ingreso al 1º año de las carreras de Profesorado o de Tecnicatura, podrán inscribirse para rendir la misma, en mesas adicionales de abril-mayo. Mientras tanto y en carácter de condicional, podrán inscribirse y cursar las materias del 1º año.
  3. Los criterios para justificar inasistencias y las acciones para regularizar la situación académica de los estudiantes de esta Institución, son los siguientes: En el caso de las Unidades Curriculares, presenciales y semipresenciales, el estudiante debe tener una asistencia del 80%, si  ese porcentaje fuera hasta un 10% menor, presentará nota justificando las inasistencias y en base al criterio del Docente de la Unidad Curricular y del Consejo Académico Institucional, el Directivo resolverá si aprueba la continuidad de cursada o si deberá recursar.
  4. En el Anexo I se encuentran detalladas las Unidades Curriculares que pueden acreditarse por promoción sin examen final.
  5. En el Anexo I se encuentran detalladas las Unidades Curriculares que se ofrecerán para régimen de alumno libre.
  6. Los criterios Institucionales y curriculares de evaluación previstos serán difundidos mediante el sitio oficial de la escuela en Internet, serán entregados al estudiante cuando se inscribe en la Institución y serán publicados en la institución en una cartelera dispuesta a tal fin.
  7. Cada docente en su Planificación o Proyecto Anual, establecerá, teniendo en cuenta la modalidad de cada carrera y el régimen de cursada:
  • las estrategias e instrumentos de evaluación que considera pertinentes,
  • la definición de instancias y estrategias de autoevaluación, coevaluación y metaevaluación.
  • Las estrategias de devolución de resultados y sugerencias para la superación de dificultades.

 

  1. Cada año, la Institución, establecerá con, al menos, una semana de anticipación, el sistema de inscripción a los distintos llamados a examen y las condiciones para rendir exámenes con el fin de acreditar Unidades Curriculares, con examen final. El cronograma de fechas de Examen, será publicado en el sitio oficial en Internet de la Escuela y en la Institución en carteleras dispuestas a tal fin.
  2. Para las Formaciones Básicas regirán las mismas condiciones de evaluación y acreditación que para los Profesorados y las Tecnicaturas. (ver lo establecido en los puntos 1 a 8).  En este caso todas las materias pueden rendirse libres, ya que lo que se busca es la acreditación de saberes considerados previos a las carreras.